Primera condena a un Ayuntamiento a devolver la plusvalía

El Juzgado  de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas dictó el primer fallo el pasado 29 de enero, apoyándose en la Sentencia del Tribunal Constitucional 59/2017,  que anula las liquidaciones del Impuesto del Incremento del Valor añadido de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que se habían practicado contra una vecina que heredaba diez inmuebles de su abuela.

La Sentencia del Tribunal Constitucional 59/2017 declaró contrarios a la Constitución, dos artículos de la Ley de Haciendas Locales que han sido objeto de muchas interpretaciones por los distintos órganos jurisdiccionales.

En este caso, el Juzgado de las Palmas,  ha tenido en cuenta la doctrina emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, esto es, que la decisión del Constitucional no afecta sólo a aquellas situaciones con las que se demuestra que con la transmisión no se produjo riqueza.

Declarados inconstitucionales dichos artículos,  ya no es necesario demostrar que no ha existido realmente ganancia en ese periodo de tiempo, ya que la declaración de inconstitucionalidad afecta a la Administración y es quien debe realizar una valoración apoyándose en la Ley de Haciendas Locales.

Por ello, el fallo anuló el cobró de las plusvalías de los 10 inmuebles heredados y ha condenado al Ayuntamiento a devolverle las cantidades que abonó (11.344 euros) más los intereses de fraccionamiento abonados.

No obstante esta Sentencia es susceptible de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias hasta que adquiera firmeza, pero, es lógico apreciar, que si los contribuyentes siguen acudiendo a la Justicia reclamando su derecho, al final,  entre todos, podemos conseguir resultados como este.

Seguimos esperando la reforma del impuesto, que se prevé para junio o julio de este año; mientras esto sucede, se aconseja a los contribuyentes que hayan vendido en los últimos cuatro años y quieran reclamar, que primero paguen el impuesto y posteriormente reclamen.

2018-02-06T16:39:04+00:00