RENTA 2022

RENTA 2022 2023-04-25T09:33:01+00:00

¿Cuándo puedo presentar la declaración de la renta?

El plazo para la presentación de la DECLARACIÓN SOBRE LA RENTA DEL AÑO 2022, comprende del 11 de abril al 30 de junio de 2023.

¿Cómo nos puedes enviar la documentación para presentaros la declaración de la renta?

Puedes enviarnos la documentación de cualquiera de las siguientes maneras:

  1. Por correo electrónico a abogados@ayuelalobato.com
  2. Si te resulta más cómodo, envíanos por foto la documentación al WhatsApp del despacho, 626456020. Una vez la tengamos preparada, nos pondremos en contacto contigo.
  3. Si prefieres venir al despacho para facilitarnos la documentación, pide cita llamando al 916831499 o 626456020.

¿Quiénes estáis obligados a presentar la declaración de la renta?

1. Quienes obtengan rendimientos de trabajo:

– Superiores a 22.000 €, si los ingresos se obtienen de un solo pagador.
– Superiores a 14.000 €, si los ingresos proceden de más de un pagador, siempre y cuando del segundo y demás pagadores superen los 1.500 €. Quienes perciban pensiones compensatorias, reciban de un pagador no obligado a retener o rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.
– Quienes hayan percibido el ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia.

2. Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención: quienes obtengan estos rendimientos en cuantía superior a 1.600 €/año.

3. Imputación de rentas inmobiliarias, Letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de vivienda habitual y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas: quienes obtengan cuantías que superen los 1.000 €/año.

4. Hipotecas de viviendas formalizadas hasta 2013 o planes de pensiones: Les interesa declarar para la obtención de la devolución.

5. Venta de acciones, pisos, locales u otros inmuebles.

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¿Qué documentación nos tienes que enviar?

  • Datos personales de la unidad familiar (DNI; fecha validez, expedición o número de soporte del NIE, y fecha de nacimiento).
  • Declaración de la renta del año anterior.
  • Si vives de alquiler: importe que pagas y DNI del dueño de la vivienda.
  • Si has vendido un inmueble: escrituras de compra y de venta, préstamo bancario pendiente a la fecha de la venta, escritura de compra, en caso de nueva adquisición, así como todos los gastos de escrituras (incluyendo tanto los de la compra, como los de la venta).
  • Si tienes venta de acciones: fecha e importe de compra de dichas acciones.
  • Si eres dueño de una vivienda alquilada: Ingresos, gastos y recibo de contribución.
  • En caso de que tengas hijos escolarizados necesitaremos los gastos educativos por escolaridad y vestuario de educación básica; enseñanza de idiomas.